El Senado aprobó hace unos días de forma definitiva los Presupuestos Generales del Estado 2023 sin incluir ninguna enmienda. Por lo tanto, no tuvo necesidad ni siquiera de volver al Congreso.
Se convierten, por tanto, en los terceros presupuestos del Gobierno existente y previsiblemente los últimos.
Medidas a destacar
Nochebuena trajo el BOE donde se publicó la Ley 31/2022 de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Veamos las novedades más destacadas:
Mecanismo de equidad intergeneracional
Como ya adelantamos en el blog de AFINOM, con el fin de aumentar la hucha de las pensiones de los trabajadores próximos a su jubilación, se crea un nuevo tipo de cotización del 0,6% (0,5% empresa y 0,1% trabajador) aplicable a la base de cotización por contingencias comunes.
Esta norma entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y se prevé que sea aplicable hasta 2032, aunque si bien deja claro que será un punto revisable, por tanto, puede sufrir modificaciones en su forma de aplicarse.
Bases mínimas y máximas de cotización
A la espera de que el Ejecutivo dictamine en cuánto sube finalmente el SMI (Salario Mínimo Interprofesional), las bases mínimas de cotización quedan a expensas de este. No obstante, ya adelantamos las posibles bases mínimas de cotización si el SMI se estableciera en 1.100,00 €.
Las bases máximas de cotización si se establecen a partir del 1 de enero de 2023, en 4.495,50 € mensuales o 149,85 € diarios. Esto supone una importante subida respecto al año 2022.
Reducción tramos de cotización del Sistema Especial para Empleados de Hogar
En comparación al año 2022, las retribuciones mensuales y las bases de cotización pasan de diez tramos a ocho, quedando del siguiente modo:
Novedades para autónomos
En este año comenzará la decisión del autónomo para elegir su base de cotización según su previsión de rendimientos netos anuales.
Si el autónomo tiene un cambio de ingresos o prevé que vaya a tenerlos, puede realizar cambios de tramo cada dos meses.
Cambios en el IRPF
A partir de este año, se eleva de 14.000 € a 15.000 € la exención de declarar por el IRPF si el contribuyente tiene más de un pagador.
Además, las rentas situadas entre 200.000 € y 300.00 € se verán incrementadas en un punto.
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