*ACTUALIZACIÓN 28/03/2024* Tablas salariales y bases de cotización definitivas (ver tabla)
Aunque el Salario Mínimo Interprofesional aún no está publicado de forma oficial en BOE, si podemos anticipar lo que va a ocurrir. Y es que ha sido la Ministra de Trabajo quién ya adelantó el acuerdo que había llegado con los sindicatos en subir un 5% el SMI respecto al año anterior.
07/02/2024 BOE por el cual se publica la actualización del SMI –> Disposición 2251 del BOE núm. 33 de 2024
28/03/2024 Se publica en BOE la Orden PJC/281/2024 con las bases de cotización del Régimen de Empleados del hogar –> Disposición 6218 del BOE núm. 77 de 2024
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¿Cuál es el SMI en España para 2024?
La propuesta realizada, como hemos comentado, se sitúa en un crecimiento del 5% respecto al año 2023. Esto es:
2023 2024
1260 € –> 5% –> 1323 €
Si desgranamos un poco más el Salario Mínimo, este será de 1134,00 € mensuales en 14 pagas o bien de 1323,00 € en 12 pagas (15.876,00 € anuales).
Cuánto cobra una empleado/a del hogar en 2024
Un trabajador/a contratado/a bajo este régimen especial de la Seguridad Social a 40 semanales (jornada completa), debería cobrar 1134,00 € en 14 pagas (si no se prorratean las pagas extras), o 1323,00 € en 12 pagas si las pagas extras se entienden prorrateadas.
Por tanto, el salario de este trabajador no podrá ser inferior a 15.876,00 € anuales. Esto supone un crecimiento del 5% respecto a los salarios de 2023.
Además, ya se encuentra en fase de aprobación el aumento del mínimo exento del IRPF, para que este tipo de trabajadores no se tengan que aplicar retenciones por IRPF. Esto debe aplicarse con cautela ya que si el trabajador percibe más salario se regirá por el módulo de retenciones de la AEAT. De ahí la importancia de contar con una asesoría experta en Empleados de Hogar.
¿Cuáles son las bases de cotización de un empleado/a de hogar?
A la hora de contratar una persona trabajadora es importante conocer en qué rango de cotización se encuentra según el salario y jornada que deseas abonar. Más abajo puedes ver una tabla de forma gráfica y comprobar cuál sería la base de cotización según las retribuciones mensuales:
Tramo | Desde | Hasta | Base de cotización |
---|---|---|---|
1º | – | 306,00 | 284,00 |
2º | 306,01 | 474,00 | 405,00 |
3º | 474,01 | 644,00 | 559,00 |
4º | 644,01 | 814,00 | 729,00 |
5º | 814,01 | 986,00 | 901,00 |
6º | 986,01 | 1.153,00 | 1.069,00 |
7º | 1.153,01 | 1.323,00 | 1.323,00 |
8º | 1.323,01 | – | Retribución mensual |
¿Y un cuidador de ancianos cuánto cobra?
Se aplicarán las mismas condiciones arriba mostradas ya que ambos están incluidos en el mismo Régimen Especial.
¿Cuál es el SMI por hora en 2024?
Aunque el SMI aún no es oficial, si podemos hacer una estimación casi 100% real del SMI por hora. Este se establecerá en 8,27 €/hora si recibe salario durante el disfrute de las vacaciones y de 8,87€/hora en caso contrario.
Pues bien, con este dato vamos a visualizar en la siguiente tabla el coste que tendría que un trabajador como empleado de hogar según las horas que realice a la semana. Tendremos en cuenta los 8,27 €/hora (abonando durante el período de vacaciones).
Horas | Salario bruto | Base cot. | Bonificaciones | SS empleador | Coste total | Salario neto |
40 | 1.323,00 € | 1.323,00 € | 122,77 € | 376,66 € | 1.699,66 € | 1.238,72 € |
39 | 1.290,12 € | 1.323,00 € | 122,77 € | 376,66 € | 1.666,78 € | 1.205,84 € |
38 | 1.257,04 € | 1.323,00 € | 122,77 € | 376,66 € | 1.633,70 € | 1.172,76 € |
37 | 1.223,96 € | 1.323,00 € | 122,77 € | 376,66 € | 1.600,62 € | 1.139,68 € |
36 | 1.190,88 € | 1.323,00 € | 122,77 € | 376,66 € | 1.567,54 € | 1.106,60 € |
35 | 1.157,80 € | 1.323,00 € | 122,77 € | 376,66 € | 1.534,46 € | 1.073,52 € |
34 | 1.124,72 € | 1.069,00 € | 99,20 € | 304,34 € | 1.429,06 € | 1.056,62 € |
33 | 1.091,64 € | 1.069,00 € | 99,20 € | 304,34 € | 1.395,98 € | 1.023,54 € |
32 | 1.058,56 € | 1.069,00 € | 99,20 € | 304,34 € | 1.362,90 € | 990,46 € |
31 | 1.025,48 € | 1.069,00 € | 99,20 € | 304,34 € | 1.329,82 € | 957,38 € |
30 | 992,40 € | 1.069,00 € | 99,20 € | 304,34 € | 1.296,74 € | 924,30 € |
29 | 959,32 € | 901,00 € | 83,61 € | 256,51 € | 1.215,83 € | 901,93 € |
28 | 926,24 € | 901,00 € | 83,61 € | 256,51 € | 1.182,75 € | 868,85 € |
27 | 893,16 € | 901,00 € | 83,61 € | 256,51 € | 1.149,67 € | 835,77 € |
26 | 860,08 € | 901,00 € | 83,61 € | 256,51 € | 1.116,59 € | 802,69 € |
25 | 827,00 € | 901,00 € | 83,61 € | 256,51 € | 1.083,51 € | 769,61 € |
24 | 793,92 € | 729,00 € | 67,65 € | 207,55 € | 1.001,47 € | 747,48 € |
23 | 760,84 € | 729,00 € | 67,65 € | 207,55 € | 968,39 € | 714,40 € |
22 | 727,76 € | 729,00 € | 67,65 € | 207,55 € | 935,31 € | 681,32 € |
21 | 694,68 € | 729,00 € | 67,65 € | 207,55 € | 902,23 € | 648,24 € |
20 | 661,60 € | 729,00 € | 67,65 € | 207,55 € | 869,15 € | 615,16 € |
19 | 628,52 € | 559,00 € | 51,88 € | 159,15 € | 787,67 € | 592,91 € |
18 | 595,44 € | 559,00 € | 51,88 € | 159,15 € | 754,59 € | 559,83 € |
17 | 562,36 € | 559,00 € | 51,88 € | 159,15 € | 721,51 € | 526,75 € |
16 | 529,28 € | 559,00 € | 51,88 € | 159,15 € | 688,43 € | 493,67 € |
15 | 496,20 € | 559,00 € | 51,88 € | 159,15 € | 655,35 € | 460,59 € |
14 | 463,12 € | 405,00 € | 37,58 € | 115,30 € | 578,42 € | 437,32 € |
13 | 430,04 € | 405,00 € | 37,58 € | 115,30 € | 545,34 € | 404,24 € |
12 | 396,96 € | 405,00 € | 37,58 € | 115,30 € | 512,26 € | 371,16 € |
10 | 330,80 € | 405,00 € | 37,58 € | 115,30 € | 446,10 € | 305,00 € |
9 | 297,72 € | 284,00 € | 26,36 € | 80,85 € | 378,57 € | 279,63 € |
8 | 264,64 € | 284,00 € | 26,36 € | 80,85 € | 345,49 € | 246,55 € |
7 | 231,56 € | 284,00 € | 26,36 € | 80,85 € | 312,41 € | 213,47 € |
6 | 198,48 € | 284,00 € | 26,36 € | 80,85 € | 279,33 € | 180,39 € |
5 | 165,40 € | 284,00 € | 26,36 € | 80,85 € | 246,25 € | 147,31 € |
4 | 132,32 € | 284,00 € | 26,36 € | 80,85 € | 213,17 € | 114,23 € |
3 | 99,24 € | 284,00 € | 26,36 € | 80,85 € | 180,09 € | 81,15 € |
2 | 66,16 € | 284,00 € | 26,36 € | 80,85 € | 147,01 € | 48,07 € |
1 | 33,08 € | 284,00 € | 26,36 € | 80,85 € | 113,93 € | 14,99 € |
Bonificaciones para la contratación de Empleados del Hogar
Tras el último RDL 16/2022, se establecen varios beneficios en la cotización aplicables en el Sistema Especial para Empleados de Hogar. Estos son:
- Reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.
- Bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y FOGASA.
- El 45% en la cuota del empleador en el caso de pertenecer a una familia numerosa.
Actualmente siguen vigentes, pero este RDL ya avisó en su disposición adicional quinta que evaluará a los dos años de la entrada en vigor su eficacia y valorará la conveniencia de mantener dichas bonificaciones/reducciones.
¿Cómo contrato a una empleada de hogar?
Desde AFINOM te realizamos todos los trámites. Estos son:
- Alta como empresario individual. Damos de alta el Código Cuenta de Cotización necesario para poder contratar.
- Alta del trabajador/a. Gestionamos el alta según las horas de trabajo mensual y el salario a percibir, teniendo en cuenta que siempre debe estar por encima del SMI vigente en cada momento.
¿Cómo puedo calcular las cotizaciones por contratar a una empleado/a del hogar?
Las cotizaciones pueden depender de muchos factores. Te mostramos cuales:
- Fecha de inicio de la relación laboral
- Salario mensual o por hora
- Horas mensuales
En AFINOM disponemos de una Calculadora de bases de cotización para Empleados del Hogar con la cual podrás calcular directamente cuánto te puede costar contratar un trabajador/a.
Si despido a un empleado/a del hogar ¿tiene derecho a desempleo?
A partir del 1 de octubre de 2022, es obligatorio la cotización por desempleo para las personas trabajadores empleadas de hogar.
Las bases de cotización para desempleo serán las correspondientes a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
La relación laboral podrá extinguirse, además de por las causas previstas para los demás colectivos de personas trabajadoras, por alguna de las siguientes causas, siempre que estén justificadas:
- Disminución de los ingresos de la unidad familiar o aumento de sus gastos. Por causa sobrevenida.
- Modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar que justifican poder prescindir de la persona trabajadora del hogar.
- Pérdida de confianza de la persona empleadora, fundamentada de manera razonable y proporcionada, en el comportamiento de la persona trabajadora.
Tendrá derecho al paro si cuando finalice su contrato ha cotizado a desempleo, al menos, 360 días.
Se tendrán en cuenta las cotizaciones realizadas en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social por los que se cotiza a desempleo, incluyendo las cotizaciones como persona trabajadora empleada del hogar.
¿Cómo puedo gestionar el alta de un trabajador en el Régimen Especial de Empleados del Hogar?
Sin duda contar con profesionales que entiendan y conozcan las necesidades de este Régimen Especial se torna fundamental.
En AFINOM hemos puesto mucho empeño en conocer todos los requisitos para que la contratación de personas empleadas del hogar se lleve de la mejor forma.
Es por eso, que, si necesitas que un profesional gestione la contratación de EMPLEADOS DEL HOGAR, no dudes en contactarnos.
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