Subida del SMI 2024 y bases de cotización

*28/03/2024* BASES DE COTIZACIÓN DEFINITIVAS –> Disposición 6218 del BOE núm. 77 de 2024

El 12 de enero de 2024, la Ministra de trabajo Yolanda Díaz y las organizaciones sindicales han anunciado el acuerdo de la subida definitiva del Salario Mínimo Interprofesional en un 5 %, situándose así en 1134 € para este 2024.

Por tanto, la cuantía del SMI en el cómputo anual, incluidas las pagas extraordinarias, no será inferior a 15.876,00 €.

Hay que tener en cuenta que este anuncio tendrá efecto retroactivo cuando culmine su tramitación, que comenzará con la publicación en Audiencia e Información Pública y, posteriormente, el Real Decreto será aprobado en Consejo de Ministros.

¿Qué quiere decir? Que en las nóminas de enero tendrán que reflejarse esta subida.

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POSIBLES BASES MÍNIMAS DE COTIZACIÓN

Tras el anuncio de la subida del SMI, debemos fijarnos lo que dice el Artículo 2, topes máximo y mínimo de cotización de la orden PCM 2024 que se encuentra aún en Audiencia Pública.

“2. Desde el 1 de enero de 2024, el tope mínimo de cotización para las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional será equivalente al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incrementado en un sexto, salvo disposición expresa en contrario.”

Por tanto, y atendiendo a la subida del SMI anunciada con efecto retroactivo a 1 de enero de 2024, las POSIBLES bases mínimas de cotización que pueden anunciarse serían:

28/03/2024 BASES DE COTIZACIÓN DEFINITIVAS


Base mínima por hora

En cuanto a las bases mínimas por hora según el grupo de cotización, se establecerían en:


Hay que tener en cuenta que estas posibles bases de cotización se obtienen tras diversos cálculos obtenidos de la subida del SMI y anteriores años. Por tanto, deben considerarse como una referencia y no como algo definitivo.

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