Este es el SMI de 2023 y [POSIBLES] bases mínimas de cotización del Régimen General

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A lo largo del día de hoy, tanto el presidente del Gobierno como la Ministra de Trabajo, han anunciado la subida definitiva del Salario Mínimo Interprofesional en un 8 %, situándose así en 1.080,00 € para este 2023.

Por tanto, la cuantía del SMI en el cómputo anual, incluidas las pagas extraordinarias, no será inferior a 15.120,00 €.

Hay que tener en cuenta que este anuncio tendrá efecto retroactivo. ¿Qué quiere decir? Que en las nóminas de enero tendrán que reflejarse esta subida.

POSIBLES BASES MÍNIMAS DE COTIZACIÓN

Tras la publicación en BOE en el día de hoy (31 de enero de 2023) de la Orden PCM/74/2023 por la que se desarrollan las normas de cotización de 2023, debemos tener en cuenta este nuevo cambio.

Según Artículo 2, topes máximo y mínimo de cotización, se establece que para las bases mínimas se tendrán en cuenta el SMI vigente en cada momento. Y aunque se publica la tabla de cotización, debemos valorar el anuncio realizado por parte del Gobierno ya que afecta a estas bases mínimas.

Por tanto, y atendiendo a la subida del SMI anunciada, las POSIBLES bases mínimas de cotización que pueden anunciarse serían:


Grupo de cotización
Bases mínimas

 Euros/mes
11.759,50 €
21.459,20 €
31.269,30 €
41.260,00 €
51.260,00 €
61.260,00 €
71.260,00 €

Grupo de cotización
Bases mínimas

 Euros/día
842,00 €
942,00 €
1042,00 €
1142,00 €

Hay que considerar que estas posibles bases de cotización se obtienen tras diversos cálculos obtenidos de la subida del SMI en anteriores años. Por tanto, deben tomarse como una referencia y no como algo definitivo.

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