Es a partir del 1 de septiembre cuando entre en vigor el RDL 1/2023 de 10 de enero, por el que se publican las medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y la mejora de la protección social de las personas artistas.
A continuación, te vamos a contar todo sobre las nuevas bonificaciones a aplicar en la contratación y cuáles son sus requisitos.
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CAMBIOS MÁS DESTACADOS
Uno de los cambios más notables es la modificación en el enfoque económico de las bonificaciones. Hasta ahora, se basaban en un porcentaje variable, pero a partir del 1 de septiembre, se implementará una bonificación de cuantía fija. Esto significa que los contratos 100 % bonificados desaparecerán, y en su lugar, se establecerá una cantidad específica a bonificar. Este cambio representa una transición importante, ya que, en prácticamente todos los contratos, será necesario contribuir a los seguros sociales.
De acuerdo con el Artículo 9 del mencionado RDL 1/2023, se establece una nueva obligación de mantener el empleo en la mayoría de los contratos por un período mínimo de tres años a partir de la fecha de inicio. Esto resalta la importancia de la estabilidad laboral en el nuevo entorno legal.
Y por último, el mayor cambio estará en la bonificación que se daba en los contratos de sustitución por nacimiento y cuidado del menor. Anteriormente, estos contratos disfrutaban de una bonificación del 100% en todas sus cuotas, pero ahora esta bonificación se reduce a 366 €/mes. Más adelante, analizaremos en detalle esta modificación.
REQUISITOS A LA CONTRATACIÓN
Como siempre, para disfrutar de los beneficios de las bonificaciones se deben cumplir una serie de requisitos, estos son:
- No haber sido inhabilitado para obtener subvenciones y ayudas públicas.
- No haber sido excluido del acceso a ayudas o subvenciones por infracciones graves o muy graves.
- Estar al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Contar con un plan de igualdad.
- Y, por último, en los doce meses previos al alta, no puede existir un despido considerado improcedente de un contrato bonificado.
BENEFICIOS A LA CONTRATACIÓN 2023
Contratación indefinida
Contratación de duración determinada
Contratos de formación en alternancia
Contratos de transformación
Contratación en ámbitos específicos
¿Qué ocurre con mi bonificación anterior al RDL 1/2023?
Si realizaste el contrato o prórroga en un período anterior a la entrada en vigor de las nuevas bonificaciones, se mantendrá la bonificación que se estuviera aplicando, es decir, con la normativa vigente en el momento del alta.
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