La conciliación entre la vida laboral y familiar es una preocupación creciente en la sociedad actual. España, reconociendo esta necesidad, ha dado un paso significativo con la introducción de la Ley de Familias. Esta nueva normativa, impulsada por el Gobierno español, tiene como objetivo mejorar la conciliación laboral del personal trabajador, brindando así un respiro a las familias que luchan por equilibrar estas dos esferas cruciales de la vida.
Aprobada el 28 de marzo y publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 14 de abril de 2023, esta ley introduce tres nuevos permisos focalizados en el cuidado de hijos/as y convivientes.
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Contextualización de la Ley de Familias
La Ley de Familias surge como una respuesta proactiva a las barreras enfrentadas por las familias en la conciliación laboral y la crianza. Con la diversidad de situaciones familiares que existen, era imperativo para el Gobierno español diseñar una ley que reconociera y abordara estas diferencias, proporcionando soluciones efectivas.
Impacto en la Conciliación Laboral y Familiar
La introducción de estos permisos representa un avance significativo en la promoción de una mejor conciliación entre la vida laboral y familiar. Muchas familias enfrentan desafíos para atender a sus responsabilidades laborales mientras cuidan de sus hijos/as y convivientes. Estos permisos brindan una solución tangible, permitiendo a los trabajadores solicitar tiempo libre retribuido para atender las necesidades familiares.
Tramitación y Aprobación
La tramitación de esta ley tuvo una ruta peculiar, dado que inicialmente los permisos mencionados estaban incluidos en el Proyecto de Ley de Familias. Sin embargo, debido a la convocatoria de elecciones generales para el 23 de julio, su tramitación en el Congreso de los Diputados no había finalizado. Por lo tanto, el Gobierno optó por tramitar estos tres permisos en forma de decreto, publicados en el BOE en el Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, garantizando así su implementación efectiva.
Permiso de Ocho Semanas para el Cuidado de Hijos e Hijas
Esta nueva prerrogativa, contemplada inicialmente en el proyecto de la Ley de Familias, confiere a los trabajadores el derecho de solicitar un permiso para el cuidado de su hijo, hija o menor acogido por un período extendido más allá de un año, hasta que el menor alcance los ocho años de edad.
Es crucial destacar que, por el momento, este permiso no viene acompañado de una remuneración económica. Aunque se otorgan ocho semanas para el cuidado parental, el salario correspondiente a los días de permiso no será percibido por los solicitantes.
El permiso, con una duración máxima de ocho semanas, ya sean continuas o discontinuas, se caracteriza por su naturaleza intransferible y su flexibilidad en el disfrute. Se puede optar por utilizarlo de manera consecutiva o dispersar las semanas a lo largo de los 8 años de elegibilidad.
La persona trabajadora tiene la obligación de especificar las fechas de inicio y fin del permiso, o en su caso, los períodos de disfrute, siempre y cuando las exigencias del servicio lo permitan. Esta comunicación debe realizarse con una antelación de 10 días o la estipulada por los convenios colectivos, consolidando así una planificación anticipada.
Este permiso se vislumbra como una ayuda invaluable durante el regreso a clases, facilitando la adaptación de los niños y niñas más pequeños. Además, proporciona un alivio en situaciones donde no se cuenta con un apoyo externo para el cuidado de los hijos/as mientras se cumple con el horario laboral.
Se proyecta una expansión progresiva de este permiso, iniciando con 6 semanas en 2023 y culminando en 8 semanas para el año 2024. Esta estructura permite una utilización adaptativa, ya sea de manera continua o en diferentes etapas según las necesidades.
Permiso Retribuido de Cinco Días para Cuidar de un Familiar
Este permiso retribuido permite a los trabajadores solicitar hasta cinco días al año para cuidar a un familiar o conviviente. Este permiso es especialmente relevante para aquellos trabajadores que tienen responsabilidades familiares y necesitan tiempo para atender a sus seres queridos.
Esta nuevo privilegio, consagrado en el Real Decreto Ley 5/2023, refleja un eco de la Directiva (UE) 2019/1158 que establecía expresamente un permiso de 5 días anuales. No obstante, España ha decidido ir un paso más allá, eliminando cualquier limitación anual para el disfrute de este permiso, ampliando así el horizonte de apoyo a los trabajadores.
Este permiso especial de 5 días, ahora sin límite anual, permite a los trabajadores ausentarse del trabajo con derecho a remuneración en casos de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario de:
- Cónyuge.
- Pareja de hecho.
- Parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad.
- Familiares consanguíneos de la pareja de hecho.
- Cualquier persona que comparta el mismo hogar con el trabajador y requiera cuidados.
Es digno de resaltar que, a diferencia de otros permisos, aquellos que opten por este permiso seguirán percibiendo su salario, lo cual mitiga el estrés económico en momentos donde el bienestar familiar está en juego.
Anteriormente, solo se contemplaba un permiso de 2 días por fallecimiento o enfermedad grave de un familiar. Ahora, esta nueva medida permite a los trabajadores estar al cuidado de los hijos en casa, acompañar a la pareja al médico, o atender a una persona mayor, fortaleciendo así la red de apoyo familiar.
Además, los trabajadores pueden disfrutar de:
- 15 días naturales en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho.
- 2 días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguineidad o afinidad, con una ampliación de dos días si requiere desplazamiento.
Permiso de Cuatro Días por Causas de Fuerza Mayor
Este permiso permite a los trabajadores solicitar hasta cuatro días al año por causas de fuerza mayor. Este permiso, inscrito en el nuevo artículo 37.9 del Estatuto de los Trabajadores, otorga el derecho a los trabajadores de ausentarse del trabajo frente a situaciones de fuerza mayor, originadas por circunstancias familiares urgentes que involucren a familiares o personas con quienes cohabiten. La esencia de este permiso radica en su activación ante situaciones de enfermedad o accidente donde la presencia inmediata del empleado se torna indispensable.
La ley ha delineado este permiso con un alcance temporal de hasta cuatro días al año, siendo un respiro retribuido que no interrumpe la corriente salarial del empleado. La singularidad de este permiso se refleja en su flexibilidad, permitiendo que se pueda disfrutar por horas, adecuándose a la magnitud de la emergencia enfrentada.
Para acceder a este permiso, es imperativo que el trabajador comunique y acredite ante la empresa la naturaleza de la fuerza mayor que motiva la ausencia. Este procedimiento garantiza una transparencia y entendimiento mutuo entre el empleado y el empleador, forjando una cultura laboral de empatía y apoyo.
Conclusión
La Ley de Familias representa un paso significativo hacia la mejora de la conciliación laboral en España. Al proporcionar estos nuevos permisos, la ley reconoce la diversidad de las situaciones familiares y aborda las barreras en la conciliación laboral y en la crianza a las que se enfrentan las familias. Es importante que los trabajadores estén al tanto de estos nuevos permisos y comprendan cómo pueden beneficiarse de ellos.
En AFINOM, estamos comprometidos con mantenernos al día con las últimas actualizaciones legales para proporcionar el mejor asesoramiento posible a nuestros clientes. Si tienes alguna pregunta sobre la Ley de Familias o cualquier otro tema laboral, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.