Contratos de formación

Formación

Cuando se formalizó la Reforma Laboral, diversos cambios afectaron al mundo laboral y una de las modalidades de contratación que se vieron afectadas fue el contrato de formación. Qué ha cambiado y cuáles son sus características, te lo contamos a continuación.

Contratos formativos

Se introduce una modificación del artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, estableciéndose un contrato formativo con dos modalidades que veremos más detalladamente a continuación:

  • Contrato de formación en alternancia
  • Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional

Contrato de formación en alternancia

Este tiene el objeto de compatibilizar la actividad laboral remunerada con las actividades formativas en cualquiera de los ámbitos: formación profesional, estudios universitarios o actividades formativas del Sistema Nacional de empleo.

Para que este proceso se lleve a cabo, ha de coordinarse la actividad formativa en un programa común suscrito por los centros universitarios o de formación profesional y las entidades colaboradoras con las empresas.

Requisitos de los trabajadores

La persona contratada no podrá ser menor de dieciséis años ni mayor de 30 (este último no se aplicará en el supuesto de contratos de formación en alternancia con estudios universitarios), ni cuando concierna a personas con discapacidad o colectivos de exclusión).

Hay que tener en cuenta que se podrá realizar con personas que no dispongan de cualificación profesional reconocida por titulaciones. Además, se podrán realizar contratos vinculados a estudios de FP o universitaria con personas que posean otra titulación.

Duración

Será la que disponga el plan formativo, sin que pueda sobrepasar los 2 años máximo y con un mínimo de 3 meses.

Salario

Será el que establezca el convenio colectivo para este tipo de contratos. Si no estuviera reflejado en el convenio, el salario no podrá ser inferior al 60% (primer año) ni al 75 % (segundo año) respecto al fijado para su grupo profesional. Y por supuesto, nunca inferior al SMI.

Bonificaciones para las empresas

Si la empresa tiene menos de 250 trabajadores, reducción de la cuota empresarial al 100%. El 75% para empresas de más de 250 trabajadores. Si el trabajador estuviera inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, el mismo porcentaje en forma de bonificación.

También existirá una bonificación adicional para las horas de tutoría, consistentes en una cuantía máxima de 1,5€ alumno/hora (máximo 40 horas mensuales/alumno). Si la empresa tiene menos de 5 trabajadores, la bonificación sube hasta los 2€.

Si el trabajador acaba convirtiéndose en indefinido, durante tres años existirá una reducción de 1500€ (hombres) o 1800€ (mujeres).

Distribución de trabajo y formación

Durante el primer año existirá una actividad máxima laboral del 65% y una actividad formativa del 35%.

Para el segundo año, la actividad laboral sube hasta un máximo del 85% y una formativa del 15%.

Beneficios para el trabajador

Son varios:

  • Reducción del 100% de la cuota del trabajador
  • Total protección social
  • Desempleo
  • Cualificación profesional

Contrato para la obtención de la práctica profesional

Este tipo de contrato tendrá por objeto obtener la práctica profesional adecuada al nivel de estudios realizado, mediante la adquisición de las habilidades y capacidades necesarias para el desarrollo de la actividad laboral correspondiente al título obtenido.

Requisitos

Deben estar en posesión del título universitario o grado medio / superior, máster o certificado de formación profesional.

Además, debe celebrarse en los 3 años siguientes a la finalización de los estudios (5 años si la persona posee una discapacidad).

Características

El puesto de trabajo debe ser acorde para que permita la adquisición de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios.

El contrato debe formalizarse por escrito, especificando la duración de este, titulación y el puesto a desempeñar.

Por tanto, la duración no podrá ser inferior a seis meses ni sobrepasar el año. Tampoco podrán realizarse horas extraordinarias. Eso sí, podrán establecerse un período de prueba de máximo un mes.

Plan formativo

Este debe comprender los siguientes contenidos:

  • Itinerario formativo-laboral
  • Sistema de evaluación
  • Tutorías.

Bonificaciones para las empresas

Si existiera una conversión a indefinido (temporal o parcial), la bonificación sobre la cuota empresarial sería de 500 euros/año durante tres años. Si la conversión es realizada a una mujer, 700 euros/año.

Contrato de formación en alternancia

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